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(del latín persona, máscara de actor, carácter o personaje, luego persona, que corresponde al griego πρóσωπον, prósopon, rostro, cara o persona)

El ser humano en cuanto sujeto moral poseedor de conciencia y responsable de sus acciones. Jurídicamente, el individuo racional, la institución o grupo de individuos (según se trate de una persona física o de una persona moral) responsable y autónomo, capaz de derechos y deberes. A la persona humana se la considera dotada, en una sociedad libre y democrática, de los principios de autonomía, inviolabilidad y dignidad .

El término deriva de la máscara de actor (persona, derivado a su vez de personare, resonar) que identificaba el papel que le tocaba desempeñar en escena; los estoicos tardíos aplicaron el término al hombre, personaje movido por el destino, mientras que el derecho romano llamaba persona al sujeto de derechos, en oposición al esclavo y a las cosas. Su sentido filosófico proviene propiamente de las discusiones teológicas trinitarias y cristológicas del cristianismo primitivo, que deben precisar en qué sentido hay un sólo Dios en tres sujetos distintos o en qué sentido puede decirse que Dios se ha encarnado. Al concepto latino de persona y griego de prósopon, se añader el de ὑπόστασις, hypóstasis, o sujeto subsistente en una naturaleza. El concilio de Nicea (325) sostuvo que en Cristo hay dos naturalezas (humana y divina) pero una sola persona divina subsistente, y en la Trinidad, una sola naturaleza (divina) y tres personas (Padre, Hijo y Espíritu Santo). El término griego de hipóstasis (sustrato, subsistencia o supuesto) se tradujo al latín por suppositum, pero los latinos continuaron aplicando el término persona, dado que suppositum significaba tanto «subsistencia», esto es, sujeto, como «esencia», esto es, naturaleza, indefinición o ambigüedad que llevaba a herejías (ver encarnación). Boecio, introductor de términos filosóficos y teológicos al latín de la Escolástica, formuló la primera definición formal de persona: «Persona es la sustancia individual de la naturaleza racional» (ver texto ). A esta definición se añade otra igualmente clásica, de Ricardo de Saint Victor: intellectualis naturae incommunicabilis existentia [existencia incomunicable de la naturaleza intelectual] (De Trinitate, IV, 22, 24). Ambas definiciones destacan principalmente, junto con la naturaleza racional, el carácter de individuo y la autonomía de aquello que llamamos persona. Con el racionalismo y el empirismo se introduce en su concepto el de yo o conciencia, sobre todo de la mano de los análisis de Locke sobre el concepto de identidad personal o conciencia de la propia identidad a lo largo del tiempo. Kant pone de relieve, a la vez que la racionalidad, la moralidad de la persona, e insiste en su autonomía, su libertad y su dignidad, y su pertenencia al «reino de los fines», donde cada ser racional es siempre sujeto y nunca objeto de fines (ver texto y ver cita).

Debe distinguirse la noción moral -o metafisica, con la variante jurídica- de persona de la noción meramente psicológica. Aquélla es la entidad individual y subsistente por sí misma (per se una, decían algunos escolásticos) y ésta sólo es la conciencia de la propia identidad. La psicología experimental ha introducido, además, la noción de personalidad psicológica, que se refiere a las características psíquicas de un individuo. La noción moral o metafísica ha sido objeto preferente de estudio en la filosofía contemporánea, por parte de corrientes tan dispares como el marxismo, el psicoanálisis, el existencialismo, el estructuralismo y, muy en concreto, el personalismo.

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