Kant: antinomia del juicio teleológico

Extractos de obras

En esta unidad contingente de las leyes particulares puede ocurrir que el Juicio, en su reflexión, parta de dos máximas, una que el mero entendimiento a priori le proporciona, y otra que es ocasionada por experiencias particulares que ponen la razón en juego para instaurar, según un principio determinado, el juicio de la naturaleza corporal y sus leyes. Encuéntrase después, en esto, que esas dos máximas diferentes no parecen poder coexistir una al lado de otra, por tanto se produce una dialéctica que induce a error al Juicio en el principio de su reflexión.

La primera máxima de la misma es la tesis: Toda producción de cosas materiales y de sus formas debe ser juzgada como posible según leyes meramente mecánicas

La segunda máxima es la antítesis: Algunos productos de la naturaleza material no pueden ser juzgados sólo según leyes meramente mecánicas (su juicio exige una ley de la causalidad totalmente distinta, a saber, la de las causas finales). [...].

Toda la apariencia de una antinomia entre las máximas del modo de explicación propiamente físico (mecánico) y del teleológico (técnico) descansa, pues, en que se confunde un principio del Juicio reflexionante con uno del determinante, y la autonomía del primero (que vale sólo subjetivamente para nuestro uso racional, en consideración de las leyes particulares de la experiencia) con la heteronomía del otro, que debe regirse según las leyes (universales o particulares) dadas por el entendimiento.

Crítica del juicio, § 70-71 (Espasa Calpe, Madrid 1991, 5ª ed., p. 360-364).