(del latín respondere, responder, que referido a «actos» significa que se asumen como autor)
En sentido amplio, madurez psicológica de una persona que la hace apta para realizar adecuadamente una tarea determinada y capaz de tomar las decisiones pertinentes. El derecho distingue entre responsabilidad civil, por la que se atribuye a alguien como a su autor la obligación de reparar por las consecuencias dañosas que se deriven de su acción, y responsabilidad penal, por la que se imputa a alguien la autoría de una acción delictiva, por la que es obligado a recibir una pena.
La responsabilidad moral obliga a uno a reconocerse autor de sus actos, ante la propia conciencia y ante la sociedad. Tradicionalmente se vincula la existencia de responsabilidad moral a la afirmación de libertad, de modo que ésta es condición necesaria de aquélla. Una persona es moralmente responsable de lo que ha hecho sólo si hubiera podido actuar de forma distinta a como lo ha hecho, y podría haber actuado de forma distinta, si los motivos que la movieron a actuar no la indujeron de forma determinista.