Crítica de la razón pura - {{{Autor}}}

Ésta podría ser una edición anterior y no la más reciente o aprobada. Ir a la versión actual.

Extractos de obras

las ideas trascendentales, ideas reguladoras

Sostengo, pues, quelas ideas trascendentales nunca son de uso constitutivo, de suerte que se den en virtud de ellas los conceptos de ciertos objetos; entendidas así, no son más que conceptos sofísticos (dialécticos). Tienen, por el contrario, un destacado uso regulador, indispensablemente necesario, a saber: dirigir el entendimiento a un objetivo determinado en el que convergen las líneas directrices de todas sus reglas. Este punto de convergencia, aunque no sea más que una idea (focus imaginarius), es decir, un punto del que no parten realmente los conceptos del entendimiento, ya que se halla totalmente fuera de los límite de la experiencia, sirve para dar a estos conceptos la mayor unidad, a la vez que la mayor amplitud.

Título Crítica de la razón pura
Autor
Editorial
Ciudad
Año
Edición
Idioma
  • Valorar:
  • 0
  • 0
  • 0