Hobbes: leyes de la naturaleza

Extractos de obras

leyes de la naturaleza

Y dado que la condición del hombre [...] es condición de guerra de todos contra todos, en la que cada cual es gobernado por su propia razón, sin que haya nada que pueda servirle de ayuda para preservar su vida contra sus enemigos, se sigue que en una tal condición todo hombre tiene derecho a todo, incluido al cuerpo de los demás. Y, por tanto, mientras persista este derecho natural de todo hombre a toda cosa no puede haber seguridad para hombre alguno (por muy fuerte o sabio que sea) de vivir todo el tiempo que la naturaleza concede ordinariamente a los hombres para vivir. Y es por consiguiente un precepto, o regla general de la razón, que todo hombre debiera esforzarse por la paz, en la medida en que espera obtenerla, y que cuando no puede obtenerla, puede entonces buscar y usar toda la ayuda y las ventajas de la guerra, de cuya regla la mera rama contiene la primera y fundamental ley de la naturaleza, que es buscar la paz y seguirla, la segunda, la suma del derecho natural, que es defendernos por todos los medios que podamos.

De esta ley fundamental de naturaleza [...] se deriva esta segunda ley: que un hombre esté dispuesto, cuando otros también lo están tanto como él, a renunciar a su derecho a toda cosa en pro de la paz y defensa propia que considere necesaria, y se contente con tanta libertad contra otros hombres como consentiría a otros hombres contra él mismo. [...]

[...] Se sigue una tercera ley que es ésta: que los hombre cumplan los pactos que han celebrado, sin lo cual los pactos son en vano, y nada sino palabras huecas.

Leviatán, XIV, XV (Editora Nacional, Madrid 1977, p. 228-240).