Carnap: las leyes como enunciados contrafácticos

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Extractos de obras

Por una parte, están las que pueden ser llamadas leyes genuinas, como las leyes de la física, que describen regularidades universales en el espacio y tiempo. Por otra parte, hay enunciados universales que no son leyes genuinas. Se han propuesto diversos términos para designarlos; a veces, se los ha llamado universales «accidentales». Un ejemplo de estos universales es: «Todas las monedas que había en mi bolsillo el 1 de enero de 1958 eran de plata». La diferencia esencial entre los dos tipos de enunciados universales puede ser mejor comprendida considerando los enunciados contrafácticos relacionados con ellos. Consideremos primero una ley genuina, la ley de la gravitación. Ella me permite afirmar que si dejo caer una piedra, ésta caerá a tierra con determinada aceleración. Puedo expresar un enunciado similar en forma contrafáctica, diciendo: «Ayer yo tenía una piedra en la mano. Pero si no la hubiera sujetado, esto es, si hubiera aflojado mi mano, habría caído a tierra». Este enunciado no describe lo que realmente sucedió, sino lo que habría sucedido, si yo no hubiera sujetado la piedra. Hago esta afirmación sobre la base de la ley de la gravitación. Quizás la ley no sea invocada explícitamente, pero se la supone tácitamente. Al enunciar la ley, doy las razones para creer en el enunciado contrafáctico. Evidentemente, no sucedió. Pero es razonable afirmar el enunciado contrafáctico porque se basa en una genuina ley de la física. Se considera que la ley es una justificación suficiente del enunciado contrafáctico. ¿Puede hacerse lo mismo con el segundo tipo de enunciado universal, el universal accidental? Es evidente que ello sería absurdo. Supóngase que yo dijera: «Si este penique hubiera estado en mi bolsillo el 1 de enero de 1958, habría sido de plata». Evidentemente, la sustancia de este penique no depende de que yo lo tenga o no en mi bolsillo en ciertas fechas. El enunciado universal «Todas las monedas que había en mi bolsillo el 1 de enero de 1958» no es una base adecuada para afirmar un contrafáctico. Es evidente, pues, que algunos enunciados universales suministran una base razonable para afirmar un enunciado pero otros, no.

Fundamentación lógica de la física, Sudamericana, Buenos Aires 1969, p. 279.