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Privilegio concedido a las enseñanzas de la Iglesia concernientes a la fe y costumbres reveladas por Dios a través de Cristo. En correspondencia con la estructura jerárquica de la autoridad y del magisterio, son sujeto de la infalibilidad todos aquellos que tienen una autoridad absolutamente obligante frente a la Iglesia total: 1) El episcopado total de la Iglesia, si bajo su cabeza el papa, y como totalidad, propone únicamente algo como revelado por Dios a su Iglesia. 2) Un concilio ecuménico con el papa. 3) El papa solo cuando propone una sentencia doctrinal, universal y absolutamente obligatoria. En su conducta particular y en sus opiniones privadas el papa no es nunca infalible.