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Términos (en inglés, is / ought) que representan, el primero, un enunciado de hecho, «es» y, el segundo, un enunciado de valor, «debe» (ver distinción entre hecho y valor), con los que, en un famoso pasaje del Tratado de la naturaleza humana, Hume da a entender que no es lógicamente correcto deducir o derivar un enunciado moral, construido con «debe», de un enunciado de hecho, construido con «es» (ver texto ). A la prohibición de hacer esto se la llama «ley de Hume» y el hecho de hacerlo se considera uno de los casos de falacia naturalista. Lo que se dice de los enunciados morales puede extenderse a todo enunciado valorativo e imperativo

Quiere esto decir que, de premisas cuyos enunciados son de la forma «es», no puede deducirse una conclusión, o bien, que nunca un conjunto de premisas descriptivas puede implicar una conclusión normativa. La fuerza lógica de la «ley de Hume» está en que un razonamiento es válido si y sólo si las premisas implican la conclusión; y esto sucede sólo si el razonamiento es tautológico, esto es, si lo que se afirma en la conclusión está contenido ya en las premisas.

Así, por ejemplo, en el razonamiento:

Ana está sola y triste

Ana es tu amiga

Debes quedarte a hablar con Ana

la conclusión (que es prescriptiva) debería hallarse implicada por las premisas (que son sólo descriptivas) y, en este caso, el razonamiento es correcto sólo si se supone como premisa implícita «Hay que ayudar a los amigos y hablar con ellos es una forma de ayudar».

Ha habido diversos intentos de saltar el «hiato» que separa los enunciados descriptivos de los enunciados de valor; uno de los más conocidos es el de Searle (ver cita). Se está de acuerdo entre los autores en que no es mediante la lógica deductiva como puede superarse este hiato y el problema se transforma en el de «¿qué tipos de razones nos inducen a aceptar un razonamiento moral?» La respuesta es distinta, según se trate una ética deontológica o bien de una ética teleológica (ver cita). Según la primera, los juicios morales se basan en principios o normas morales, o en una cadena de principios morales, cada vez más generales. Según la segunda, un juicio moral puede fundamentarse en hechos o en las consecuencias que se producen por obrar de determinada manera.

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