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Términos (en inglés, is / ought) que representan, el primero, un enunciado de hecho, «es» y, el segundo, un enunciado de valor, «debe» (ver distinción entre hecho y valor), con los que, en un famoso pasaje del Tratado de la naturaleza humana, Humeda a entender que no es lógicamente correcto deducir o derivar un enunciado moral, construido con «debe», de un enunciado de hecho, construido con «es» (ver texto ). A la prohibición de hacer esto se la llama «ley de Hume» y el hecho de hacerlo se considera uno de los casos de falacia naturalista. Lo que se dice de los enunciados morales puede extenderse a todo enunciado valorativo e imperativo

Quiere esto decir que, de premisas cuyos enunciados son de la forma «es», no puede deducirse una conclusión, o bien, que nunca un conjunto de premisas descriptivas puede implicar una conclusión normativa. La fuerza lógica de la «ley de Hume» está en que un razonamiento es válido si y sólo si las premisas implican la conclusión; y esto sucede sólo si el razonamiento es tautológico, esto es, si lo que se afirma en la conclusión está contenido ya en las premisas.

Así, por ejemplo, en el razonamiento

Ana está sola y triste

Ana es tu amiga

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