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Expresión discutida, que aparece a finales del s. XVIII, sustituyendo a la de «derecho natural», y que remite a un rama de la filosofía que reflexiona sobre la teoría del derecho, la teoría de la justicia, y la teoría de la ciencia jurídica

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Tesis sustancialmente sostenida por Elías Díaz, en Sociología y filosofía del derecho, Taurus, Madrid 1974, p. 249s, quien a su vez se remite a Norberto Bobio, de quien cita el siguiente texto:

«La filosofía del derecho que yo he cultivado y a la cual he consagrado preferentemente mis cursos universitarios, se compone [...] de tres partes que titulo respectivamente: a) Teoría del Derecho; b) Teoría de la justicia; c) Teoría de la ciencia jurídica (ibídem, p. 262).

Su contenido es, según Elías Díaz, el estudio del derecho como ordenamiento jurídico (una ontología jurídica que estudia qué «es» el derecho: qué es una norma jurídica, origen, validez, coherencia y relaciones entre normas de diverso nivel), una axiología jurídica, o tratado de los valores jurídicos, cuyo desglose constituye la noción de «justicia» y el estudio de la metodología legal o de la lógica legal.

Tradicionalmente, la filosofía del derecho se identifica con todo el legado de las cuestiones de tipo filosófico que plantea el derecho natural. Modernamente, sin embargo, se tiende a una «filosofía del derecho de los juristas» -contrapuesta a una «filosofía del derecho de los filósofos», especulativa e ignorante de la práctica jurídica-, en íntima relación con la práctica jurídica.


Bibliografía sobre el concepto

  • Brieskom, N., Filosofía del derecho. Herder, Barcelona, 1990.
  • Cassirer, E., Filosofía moral, derecho y metafísica Un diálogo con Axel Hägerström. Herder, Barcelona, 2010.