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Los principios de acuerdo con los cuales el hombre juzga acerca de la moralidad en general y de la moralidad de una acción concreta en particular. Los grandes criterios morales coinciden con las grandes teorías acerca de qué es el bien y, en cuanto principios inmediatos de la moralidad de una acción humana, coinciden con el dictamen moral de la propia conciencia, que adopta la forma de juicios de obligación moral o de juicios de valoración moral. Los primeros son los llamados juicios deónticos y los segundos, juicios de valor o valoraciones. En ambos casos se trata de un acto de la razón práctica. En la adopción de un criterio moral pueden colisionar las convicciones personales con las costumbres y normas morales de la sociedad o de un grupo humano. Puede considerarse que estas últimas son, o formulan, la norma objetiva de moralidad, mientras que la conciencia moral es, a la vez, norma subjetiva, pero última e inmediata de la moralidad.

El criterio moral de una persona ha de poner de acuerdo la norma objetiva de moralidad con la propia conciencia, no sólo en el momento de percibir la obligatoriedad o el valor moral de una acción, o no, sino también con anterioridad a la acción. Con lo que suele llamarse conciencia antecedente, ha de ajustar sus principios prácticos de moralidad al principio racional de hacer el bien o de obrar de acuerdo con la razón socialmente aceptada.

La variabilidad histórica y geográfica de los criterios morales, el relativismo moral, por tanto, depende en gran medida del tipo de valores que se aceptan socialmente en una época determinada.