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Literalmente, condicional «contrario a los hechos», que en gramática se denomina «condicional irreal». Recibe este nombre cualquier condicional en modo subjuntivo, cuyo antecedente sea falso.

Regla general: «Si A hubiera sido verdadero, entonces B habría sido también verdadero, pero A no es de hecho verdadero» (ver ejemplo).

Popper interpreta el condicional contrafáctico o subjuntivo como un «condicional naturalmente necesario», o «condicional nómico»: aquel que es verdadero en todo mundo que tenga la misma estructura que éste, y expresa necesidades o disposiciones naturales con lo cual no es necesario suponer que el antecedente sea falso (ver ejemplo y texto ).


El interés epistemológico de los contrafácticos reside en que, según algunos (por ejemplo, para la concepción semántica de las teorías científicas) son la expresión adecuada de las leyes de la naturaleza, o de las necesidades naturales, como dice Popper. Por eso mismo, hay que distinguir los contrafácticos de las meras generalizaciones accidentales.

En la actualidad, S. Kripke, H. Putnam y D. Lewis han renovado el estudio de los condicionales contrafácticos, de los que tratan en relación con su teoría de los «mundos posibles».