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Concepto fundamental de la lógica, relacionado con el de deducibilidad que define la propiedad esencial de los razonamientos válidos y de las formas válidas de razonar.

ver ejemplo ↓

La relación entre el concepto de consecuencia lógica y el de deducibilidad se precisa de la siguiente manera

[math]A_1, A_2, ... A_n \models B[/math] si, i sólo si [math]A_1, A_2, ... A_n \vdash B[/math],

o bien , suponiendo [math]A_1, A_2, ... A_n = \Delta[/math] y [math]B = \beta[/math]


E764.png

Definida sintácticamente, una fórmula cualquiera B es una consecuencia lógica de un conjunto ) de fórmulas, si B es deducible a partir del conjunto ).

Definida semánticamente, una fórmula B es una consecuencia lógica de un conjunto ) de fórmulas si toda asignación o interpretación que hace verdadero al conjunto ) hace también verdadera a la fórmula B.

(El conjunto [math]\Delta = A_1, A_2, ... A_n[/math] puede estar formado por varias fórmulas, por una o por ninguna [math]\emptyset \models \Delta[/math])

764a.png

764B.png

son correlativas, de modo que:

764C.png

La consecuencia lógica entre enunciados o fórmulas de enunciado supone que la forma de la argumentación es válida, de modo que, sea cual sea la interpretación o asignación de valor que se da a sus términos o letras de enunciado, la verdad se transmite de las premisas a la conclusión: si las premisas son verdaderas la conclusión ha de ser verdadera.